SELECTIVIDAD 2011
COMPOSICIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO
La prueba de Acceso a la Universidad se compone de dos fases:
- Fase General
- Fase Específica
FASE GENERAL (BACHILLERATO)
- Comentario de Texto.
- Historia de la Filosofía o Historia de España.
- Lengua Extranjera:
Inglés
Francés
Alemán
Italiano
Portugués
(Examen oral Selectividad 2012)
- Cuarto ejercicio: sobre una materia de modalidad de 2º de Bachillerato.
CARACTERÍSTICAS
- Tiene carácter obligatorio.
- Cada ejercicio tiene una duración de hora y media.
- Los ejercicios presentarán dos opciones a elegir una.
- Cada ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales.
- La calificación será la media aritmética de las cuatro materias.
- Tiene validez indefinida.
CALIFICACIÓN FINAL de la PRUEBA
Se considerará superada:
- Cuando se haya obtenido una calificación igual o superior a 5 puntos como resultado de la siguiente media ponderada:
- 60% nota media de Bachillerato
- 40% calificación de la Fase General.
- Cuando se haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la Fase General.
- No existe número máximo de convocatorias para superar la Prueba o mejorar la calificación.
FASE ESPECÍFICA (BACHILLERATO Y F.P.)
- Tiene carácter optativo.
- Permite mejorar la calificación de la Prueba o del expediente del Ciclo Formativo Superior.
- Podrá realizarse un máximo de cuatro ejercicios de materias de modalidad de 2º de Bachillerato.
- Serán tenidas en cuenta las dos mejores calificaciones.
- Las calificaciones se multiplicarán por un parámetro de ponderación entre 0.1 y 0.2.
- Validez: dos cursos académicos siguientes.
- No existe número máximo de convocatorias para mejorar la calificación de las materias.
CALIFICACIÓN DE ADMINISÓN A TITULACIONES DE GRADO
Calificación de la Prueba de Acceso o media de expediente
Ciclo Formativo Superior
+
Las dos mejores calificaciones obtenidas en la Fase Específica multiplicadas por un parámetro de ponderación entre 0.1 y 0.2.
- La nota de admisión sólo incorporará las calificaciones de los ejercicios de la Fase Específica cuando su calificación sea 5 o superior.
RECLAMACIÓN Y DOBLE CORRECCIÓN
RECLAMACIÓN
El ejercicio será corregido de nuevo por el mismo corrector.
La calificación no podrá ser inferior a la obtenida previamente.
Agota la vía administrativa.
DOBLE CORRECCIÓN
El ejercicio será corregido por un profesor distinto al que realizó la primera corrección.
La calificación del ejercicio será la media aritmética de ambas correcciones.
Si existe una diferencia entre las dos calificaciones de 2 o más puntos se efectuará una tercera corrección. La calificación será la media aritmética de las tres.
La calificación del ejercicio puede ser inferior a la previamente obtenida.
Se podrá presentar reclamación a la Doble Corrección.
El estudiante tendrá derecho a ver su examen en el plazo de 10 días.
NORMATIVA
Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (14 de noviembre de 2008)
Corrección de errores del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (28 de marzo de 2009)
Corrección de errores del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (21 de julio de 2009)
Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (7 de mayo de 2010)
Orden EDU/3242/2010, de 9 de diciembre, por la que se determina el contenido de la fase específica de la prueba de acceso a la universidad que podrán realizar quienes estén en posesión de un título de técnico superior de formación profesional, de técnico superior de artes plásticas y diseño o de técnico deportivo superior y equivalentes. (9 de diciembre de 2010)